Tres personas a juicio por homicidio culposo de mujer policía tras cirugía estética

3 Min de Lectura

Hoy, viernes 25 de julio de 2025, llamaron a juicio a Chele Calle J. I., Salazar Rosero C. E. y Espinoza Sánchez E. S.; por adecuar su conducta en “homicidio culposo.”

Los hechos

La mujer policía Yarli Merino Gómez de 21 años, se sometió a una lipoescultura el 19 de abril de 2025 en una clínica privada de Santo Domingo.

En el procedimiento se presentaron complicaciones y de urgencia fue trasladada al hospital Dr. Gustavo Domínguez, donde permaneció con pronóstico reservado. La madrugada del domingo 20 de abril murió debido a un paro cardíaco.

Salazar Rosero C. E., Espinoza Sánchez E. S.,  Coello Gorotiza K. E. y Salguero Jurado J. M., fueron aprehendidas en flagrancia para las investigaciones del caso. A mediados del mes de mayo, fue vinculado al proceso el señor Espinoza Sánchez E. S. por ser el presunto autor del delito de homicidio culposo. En la página web de la Senescyt, Espinoza no registra ningún título universitario.

Con los elementos de convicción recabados durante la etapa de instrucción fiscal, el juez manifestó que en la cirugía de Merino “intervienen Chele Calle J. I., Salazar Rosero C. E. y Espinosa Sánchez E. S. quienes por falta del deber objetivo de cuidado realizaron la operación quirúrgica, causando la muerte de la ciudadana.”

Así se revela en la versión rendida por Salazar, quien declaró que participó en la cirugía como anestesiólogo, Espinoza como instrumentista y Chele sería quien operó a Yarli.

Yarli Merino en vida. Tenía el rango de Policía y prestaba servicios en el cantón Paján, provincia de Manabí.

Salazar declaró, además, que la doctora J. Salguero y la señora K. E. Coello Gorotiza no se encontraban en el quirófano y “esto se corrobora incluso con la secuencia de imágenes” que se revisaron en la investigación.

De la información disponible en el sistema SATJE, la doctora Salguero habría indicado que “no podían operar a la hoy occisa porque previamente a los análisis que fueron realizados encontró anomalías y que ella no autorizaba esta operación.”

Considerando varias evidencias y testimonios, el juez llama a juicio a Chele, Salazar y Espinoza. También se dispone la prohibición de enajenar bienes de los tres procesados y la inmovilización de sus cuentas bancarias. Se ratificaron las medidas cautelares de prohibición de salida del país y presentación periódica ante la Fiscalía.

Compartir este Artículo
▶️