Cinco de los nueve jueces que conforman la Corte Constitucional (CC) votaron a favor del proyecto de sentencia. Este miércoles, 1 de agosto de 2018, el organismo jurisdiccional derogó el paquete de enmiendas que fue aprobado en diciembre del 2015.
Cerca de las 15:00 concluyó la sesión ordinaria de la CC. Una de las resoluciones tiene que ver con la anulación de 12 cambios a la Carta Magna, luego de que aceptaran tres de las siete demandas de inconstitucionalidad presentadas.
Desde la Corte todavía no se ha hecho oficial la decisión, ni los detalles de la votación. Esto se hará a conocer luego de que la sentencia quede en firme cumpliendo con la notificación a los demandantes.
“Se declara la inconstitucionalidad de las enmiendas a la Constitución de la República del Ecuador, aprobadas por la Asamblea Nacional del Ecuador el 3 de diciembre del 2015”, se indica en el texto del proyecto de sentencia.
Se anula la eliminación de la atribución de la Contraloría General del Estado de controlar “la consecución de los objetivos de las instituciones”. También el establecimiento de la comunicación como un servicio público.
Otro cambio que queda sin efecto es que los nuevos obreros públicos estén bajo el orden de la Ley de Servicio Público y que no se garantice su derecho a la contratación colectiva. Y que sea atribución del Estado central (y no de los Municipios) planificar, construir y mantener la infraestructura y equipos de salud y de educación.
En otra enmienda que ahora queda sin fundamento, se garantizó el pago de las pensiones jubilares de las FF.AA. y la Policía. Por otra parte, se eliminó que las FF.AA. apoyen en la seguridad integral del Estado.
También se retira la modificación a la edad de candidatos para Presidente de la República, a 30 años. Sobre los fondos IESS, solo se elimina una corrección, al pasar de fondos provisionales a fondos previsionales.
Por último, se anula la determinación de que los gobiernos locales puedan impulsar consultas populares únicamente sobre temas de su competencia.
Estas son las enmiendas constitucionales revisados por la CC
1. Seguridad social (Art. 370) A este artículo se añade: “el Estado garantiza el pago de las pensiones jubilares de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional”.
2 y 3 Contraloría (Art. 211 y 212) Se elimina la atribución de la Contraloría General del Estado de controlar “la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado”.
4. Política laboral (Arts. 229, 326 y Disposición Transitoria) Los nuevos obreros del sector público estarán bajo la Losep. No se garantiza su derecho a la contratación colectiva.
5. Comunicación (Art. 384) La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios. Hay un sistema de comunicación social.
6 y 7. Educación y salud (Arts. 261 y 264) Es atribución del Estado central (y no de los municipios) planificar, construir y mantener la infraestructura y equipos de salud y educación.
8. La Defensoría (Art. 214) La enmienda que buscaba una mayor estructura desconcentrada de la Defensoría del Pueblo fue la única que se eliminó en el trámite legislativo.
9. Edad de candidatos (Art. 142) El Presidente de la República debe haber cumplido 30 años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura, entre otros requisitos.
10. Misión de las FF.AA. (Art. 158) Las FF.AA. tienen como misión la defensa de la soberanía e integridad nacional y, complementariamente, apoyar en la seguridad integral del Estado (…).
11. Fondos IESS (Art. 372) En la frase: fondos provisionales se cambia esta última palabra por “previsionales”, al referirse a los recursos que se administran en la Seguridad Social.
12. Consulta popular (Art. 104) Los GAD podrán impulsar una consulta popular sobre temas de su competencia. Los ciudadanos no podrán pedir consulta ‘sobre cualquier asunto’. Regiones autónomas. En esta discusión en la CC no entran dos enmiendas sobre la reelección, ya que están derogadas tras de a Consulta Popular del 4 de febrero pasado.
Fuente: Diario El Comercio