Familiares de personas privadas de libertad denuncian demoras en la entrega de beneficios

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Familiares de personas privadas de libertad que han cumplido con los requisitos establecidos para acogerse a los beneficios penitenciarios denuncian retrasos en los trámites. Algunos aseguran que desde enero sus allegados ya alcanzaron el porcentaje de pena exigido e iniciaron el proceso correspondiente, pero hasta la fecha no han obtenido respuesta ni avances significativos.

“Ya desde enero él cumplía el 60 %. Desde entonces hemos enviado todos los documentos; la carpeta se envió a Quito, luego la devolvieron para corregir. Se volvió a enviar, y ya tenemos dos meses esperando sin ninguna notificación. Lo único que nos dicen es que hay que esperar, que la están revisando.”

Afirman que han solicitado información a las autoridades, pero la única respuesta que reciben es que deben seguir esperando. “Ahora nos dicen que, por los cambios de personal en Quito, eso ha generado demoras. Ya llevamos dos meses con esa excusa y la carpeta no ha sido enviada nuevamente desde la capital.”

Desde la Defensoría Pública se ha indicado que continúan trabajando en estos casos, ya que por mandato constitucional y legal tienen la obligación de brindar asesoría y acompañamiento a las personas privadas de libertad. En Santo Domingo, por ejemplo, dos defensores públicos prestan sus servicios directamente desde el Centro de Rehabilitación Social.

“Cuando se trata de un régimen semiabierto o abierto, nuestros defensores provocan las alertas. Luego es obligación de la institución competente, en este caso el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad (SNAI), proponer los informes. Es el juez de garantías penitenciarias quien decide si se concede o no un régimen favorable al privado de libertad”, explicó un funcionario de la Defensoría.

“El trámite le corresponde administrativamente al SNAI. Nosotros asesoramos, completamos la documentación y así el caso pasa al juez de ejecución de la pena o al juez de garantías penitenciarias, quienes deciden sobre el beneficio. Los retrasos pueden estar en el SNAI o en el sistema judicial, pero como defensores impulsamos los procesos día a día”, añadió.

En Ecuador, los beneficios penitenciarios son mecanismos legales que permiten a las personas privadas de libertad acceder a condiciones más flexibles para cumplir sus condenas, con el objetivo de facilitar su rehabilitación y reinserción social. Estos beneficios se otorgan dentro del sistema progresivo y pueden incluir el régimen semiabierto, régimen abierto, prelibertad y libertad controlada.

Para acceder a estos beneficios se deben cumplir ciertos requisitos, entre ellos: haber cumplido al menos el 60 % de la condena (según el caso), mantener buena conducta dentro del centro penitenciario, no tener sanciones graves, participar en programas de rehabilitación y reinserción social, y contar con un informe favorable por parte de la administración penitenciaria.

No obstante, no todos los delitos son susceptibles de estos beneficios. Delitos graves como asesinato, femicidio, sicariato, entre otros, están generalmente excluidos del sistema. Además, los beneficios pueden ser revocados si el beneficiario incurre en un nuevo delito o incumple las condiciones impuestas por el régimen al que se acoge.

Mientras tanto, los familiares continúan a la espera de respuestas claras y soluciones prontas. Aseguran que el derecho a la rehabilitación no debe verse truncado por la ineficiencia del sistema.

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