El 1 de febrero de 2019, mediante oficio de notificación del auto de calificación de Acción de Protección, se establece como medida cautelar “dejar sin efecto” la resolución administrativa GADPSDT-R-AMF-2019-010 emitida por Andrea Maldonado, prefecta de Santo Domingo de los Tsáchilas, para iniciar la terminación unilateral del contrato para ampliar el tramo vial Unión del Toachi – Santo Domingo.
Dicho contrato fue firmado el 7 de diciembre de 2018 por la Dra. Alexandra Pesántez Ruiz, como delegada del prefecto Geovanny Benítez, y Henrry Ayala Avellán, Procurador Común del Consorcio Multinacional Tsáchila.
La decisión la tomó Ana del Rocío Ávila, jueza de la Unidad Judicial Multicompetente Penal de Quinindé, tras la Acción de Protección interpuesta por Ayala Avellán.
ANTECEDENTE
La prefecta Maldonado, el 18 de enero de 2019, firmó la resolución GADPSDT-R-AMF-2019-010 para iniciar la terminación unilateral del contrato e indica que “en el término de máximo 10 días” el el Consorcio Multinacional Tsáchila presentará “cualquier observación a la que considere tener derecho”.
“El inicio de la terminación unilateral del contrato” se da porque “de los informes técnicos y económicos se desprende que el proceso ha sido adjudicado y celebrado inobservándose el Acuerdo Comercial Multipartes ratificado por Ecuador con la Unión Europea y la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Publica, es decir, no se contaba con el contrato de crédito que debía firmarse con el Banco del Estado para el financiamiento de la obra”.
ACCIÓN DE PROTECCIÓN
En el oficio, la jueza Ávila aclara que “la medida cautelar no resuelve el fondo de la controversia principal” y delega a la Defensoría del Pueblo para el cumplimiento, supervisión y ejecución de la medida cautelar. (I)