El jueves 2 de noviembre, dos vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador fueron detenidos en Santo Domingo por el presunto delito de concusión.
En entrevista para radio MACARENA, el coronel Juan Carlos Raza, comandante de Policía de la Subzona Santo Domingo, explicó que dos servidores de la CTE “habrían pedido aparentemente, una cantidad de dinero previo a la devolución de documentos (licencia y matrícula) a un ciudadano” en el recinto El Paraíso ubicado en la vía Alóag – Santo Domingo.
Entre las evidencias se encontraron “USD 572, una billetera, dos camisetas de la CTE, un chaleco de la CTE, una camioneta tipo patrullero en la que se movilizaban los servidores. Los indicios fueron puestos a consideración de la autoridad competente” informó.
Luego de la audiencia que se realizó el mismo 2 de noviembre, se calificó la flagrancia, se dio inicio de la instrucción fiscal y se dictaron medidas cautelares. Esto fue notificado a los ahora procesados, pues deben presentarse “todos los días, contando sábados y domingos, ante el fiscal titular de la causa”.
Además en la audiencia se dispuso a la “autoridad jerárquicamente superior de la Comisión de Tránsito para que los señores no sean trasladados a otra provincia y permanezcan en Santo Domingo hasta que el proceso culmine y de esta manera puedan cumplir con las presentaciones que deben realizar en la Fiscalía”.
En la actualidad los dos vigilantes se encuentran laborando en el área administrativa, no en el área de control de vías, informó el Tcnl. Dennis Chávez, jefe de Tránsito de la CTE. Aclaró que es la primera y única denuncia de este tipo presentada en este año en Santo Domingo.
Chávez invitó a la ciudadanía a confiar en el trabajo de la CTE y a denunciar si se sienten afectados. Deben “presentar una denuncia en la Jefatura, en la Av. Abraham Calazacón y río Yanuncay, y de ser una situación que amerite sanción administrativa, nosotros inmediatamente lo derivamos al departamento de Asuntos Internos. En caso de darse situaciones que van al ámbito penal, la Fiscalía está en todo su derecho de iniciar las investigaciones”.
PARA SABER
¿Qué es la concusión?
El artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal establece que: Las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
Si la conducta prevista en el inciso anterior se realiza mediante violencias o amenazas, la o el servidor público, será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años.